Ojo, se debe leer sin ideas preconcebidas... tratando de encontrar la respuesta en las reglas de golf, y olvidando cualquier idea preconcebida que tengamos que no esté bien fundamentada en una regla o decisión de golf:
REGLA LOCAL DENEGANDO ALIVIO POR INTERFERENCIA PARA LA COLOCACIÓN DE UNA CONDICION ANORMAL DEL TERRENO. PROCEDIMIENTO DE ALIVIO.
El concepto de Interferencia.
El concepto de “interferencia” varía dependiendo de la regla que se aplica. Existen tres condiciones en las que el concepto (definido) de “Punto Más Cercano de Alivio” es usado:
- Obstrucciones inamovibles (24-2)
- Condiciones anormales del terreno (25-1)
- Green equivocado (25-3).
- Para Obstrucciones inamovibles, la regla 24-2 dice que existe interferencia cuando:
- La bola reposa o toca la condición.
- La condición interfiere con la colocación del jugador
- La condición interfiere con el área de swing pretendido del jugador.
- Para Condiciones Anormales del Terreno, la regla 25-1 dice que existe interferencia cuando:
- La bola reposa o toca la condición.
- La condición interfiere con la colocación del jugador
- La condición interfiere con el área de swing pretendido del jugador.
- Para el green equivocado, la regla 25-3 dice que existe interferencia cuando:
- La bola está en él.
- Para obstrucciones inamovibles: No es intervención en la línea de juego.
- Para Condiciones Anormales del Terreno: No es intervención en la línea de juego.
- Para green equivocado: No es ni interferencia en la colocación ni en el área de swing pretendido.
El concepto de “Punto más cercano de alivio” y su mención a interferencia.
En las reglas mencionadas, se usa, en el procedimiento de alivio, el concepto de “punto más cercano de alivio”. En dicho concepto, y según la definición, este punto ha de ser uno donde “no existiría ninguna interferencia por la condición de la que se busca el alivio” (según traducción de la definición de punto más cercano de alivio).
Esto significa que, centrándonos ya en la regla 25-1, cuando determinamos el “punto más cercano de alivio” al aliviarnos de una condición anormal del terreno, hemos de buscar un punto en el campo que, además de cumplir con los otros condicionantes de la definición, sea un punto donde no existe interferencia tal y como está definida ésta en la regla 25-1a, es decir, que la bola no repose o toque la condición, que no exista interferencia con la colocación del jugador y que no exista interferencia con el área de swing pretendido.
Por el contrario, si estuviésemos aliviándonos de un green equivocado, a la hora de determinar el punto más cercano de alivio, y en cuanto a interferencia, sólo buscaríamos un punto donde la bola no esté en el green equivocado, que es la “interferencia” que define la regla 25-3.
Regla local redactada conforme a la nota a la regla 25-1a.
Veamos ahora la regla local establecida conforme a dicha nota más normal:
“Condiciones anormales del terreno – Nota a la regla 25-1.
Se denegará alivio por interferencia para la colocación de un hoyo, desecho o senda hecho por un animal de madriguera, un reptil o un pájaro.”
NOTA: La redacción de tal regla local es diferente en las vigentes reglas locales permanentes de la RFEG: “4. CONDICIONES ANORMALES DEL TERRENO – Regla 25-1 Nota.
Para todas aquellas condiciones anormales del terreno que no sean terreno en reparación y agua accidental sólo existe alivio por el lie de la bola y área de swing, pero no por la colocación.”
El significado es exactamente el mismo, y de hecho, en la versión inglesa de las reglas locales de la RFEG, esta regla local está expresada de igual forma a la expuesta en primer lugar, coincidente con la redacción de la Hard Card del European Tour.
Conforme a esta regla local, no le decimos al jugador lo que se entiende por “interferencia” ni como obtener alivio bajo dicha regla local. Porque simplemente le decimos al jugador que aplique la regla 25-1 (sólo teniendo en cuenta que no se dará alivio por interferencia para la colocación de este tipo de condición anormal del terreno). Pero le decimos que, por ejemplo, cuando su bola repose en un hoyo hecho por un animal de madriguera, sí puede aplicar la regla 25-1.
No existe problema interpretativo cuando lo que existe es interferencia en la colocación, pues la regla local, claramente le dice que no tendrá alivio. El problema surge cuando existe algún otro tipo de interferencia (por ejemplo, para el reposo de la bola, para el que la regla local sí que le permite alivio).
Cuando esto ocurre, el jugador puede aplicar la regla 25-1, y conforme a su letra b) determinar el “punto más cercano de alivio” tal y como está definido.
Tal y como hemos explicado en el punto anterior, al determinar el punto más cercano de alivio, el jugador ha de buscar un punto en el que no exista interferencia de la condición, interferencia definida para este caso en la regla 25-1a, es decir, que la bola no repose o toque la condición, que no exista interferencia para su colocación y que no exista interferencia para el área de swing pretendido.
El problema interpretativo de la nota a la regla 25-1a es que dicha nota, y las reglas locales redactadas correctamente a su amparo, no alteran el concepto de interferencia de la regla 25-1a, sino que deniegan el alivio cuando se produzca interferencia para la colocación.
Entonces, de ser esta la correcta interpretación de dicha nota, cuando el jugador determine el punto de alivio más cercano, éste habrá de ser uno que evite los tres tipos de interferencia definidos en la 25-1a, aún cuando si en un principio la interferencia se hubiese visto producida exclusivamente para su colocación, le hubiésemos denegado el alivio. Y de ser esta la correcta interpretación de la nota, si el jugador determinase un punto más cercano de alivio sin tener en consideración interferencia para su colocación, podría llevarle a dropar una bola en un lugar equivocado, ya que este lugar pudiera llevar a que el jugador no hubiese obtenido completo alivio.
La práctica en el campo.
Hasta aquí la explicación de lo que las reglas parecen decir respecto al particular. Sin embargo, después de diferentes consultas a varios árbitros, tanto del ámbito territorial, como del nacional como del internacional (españoles o extranjeros, tanto del ámbito RANDA como del ámbito USGA), se deduce que la mayoría de ellos, en la práctica, entienden que dicha nota no quiere decir lo que se ha explicado, sino que viene a decir que “interferencia=alivio”, o lo que es lo mismo, que cuando el jugador tiene derecho a proceder bajo la regla 25-1a con respecto a una condición a la que una regla local en vigor del tipo a la expuesta le fuese aplicable, debe ignorar la interferencia para la colocación a la hora de determinar el punto más cercano de alivio y, una vez aliviado, aun cuando existiese interferencia para la colocación, no se entendería que el jugador no ha obtenido completo alivio.
No existe decisión alguna que aclare esta disyuntiva, pero por otro lado, quizás el hecho de que la nota a la regla 25-1a esté precisamente bajo el apartado “a) Interferencia” pudiera dar la razón a esta mayoría de árbitros, ya que tratando la nota de una “denegación de alivio” y no de una “limitación del concepto de interferencia”, el lugar más correcto para haber situado dicha nota hubiese sido bajo el epígrafe b) de la regla que es el que precisamente trata del “alivio”, tal y como se incluye la prohibición de alivio cuando la bola reposa en un obstáculo de agua.
A la vista de lo anterior, ¿cuál entiende es la interpretación correcta de la nota a la regla 25-1a?