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Gracias a tantos y a todos, ha sido un viaje brutal. Nos vemos en el verde

Animal De Madriguera.

Este subforo está destinado a que preguntes las dudas “cotidianas” sobre reglas que te hayan surgido jugando al golf, o algo que no hayas entendido de una regla.

Animal De Madriguera.

Notapor EseCa » Mié Nov 18, 2009 12:45 pm

Os cuento un caso real, de hace muy muy poco. ¿ Como lo veis vosotros ?

(*) Por x razones, hay bastantes conejos, en este campo, y por esta razón hay bastantes hoyos provocados por estos conejillos.

Mi bola en la calle, pero con tan mala/buena fortuna de reposar "justo" entre dos agujeros de conejo ( animal de madriguera ) . ( Pena, que no le hiciese una foto rápida ), imaginad dos agujeros "juntos" y que la bola repose justo en medio de los dos, mas abajo que el nivel de la calle pero no estaba metida en el agujero, es casi un milagro que la bola no cayese ni en uno, ni en otro , pero estaba ahí. A mi me molestaba bastante a mi golpe, ya que no podía meter bien el palo en el momento del impacto, yo tenía claro que me podía aliviar por la Regla 25 .

Pero los 3 de la Partida, que no y que no... que si no estaba dentro del agujero que no me podía aliviar.

¿ Que opináis vosotros ?

(*) Ya sé que en estos casos, sin una imagen real, es muy difícil imaginar como estaba la bola.

Gracias

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Re: Animal De Madriguera.

Notapor movillo » Mié Nov 18, 2009 12:57 pm

Yo diría que sí te podías aliviar. Voy a buscar una decisión.
Bueno, no encuentro una decisión al caso, pero la regla me mueve a pensar que, al estar más abajo del nivel de la calle, está dentro del CAT y afecta al área de swing del golpe a dar.

[cell class=spoiler]Regla 25-1. Condiciones Anormales del Terreno
a. Interferencia
Existe interferencia por una condición anormal del terreno cuando una bola reposa en o toca la condición,
o cuando la condición interfiere con la colocación del jugador o el área del swing que intenta
efectuar
. Si la bola del jugador reposa en el green, existe también interferencia si una condición anormal
del terreno en el green interviene en su línea de putt. De otra manera, la intervención en la línea de
juego no es, por sí misma, interferencia bajo esta Regla.[/cell]
Última edición por movillo el Mié Nov 18, 2009 1:10 pm, editado 2 veces en total
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor dabale » Mié Nov 18, 2009 1:07 pm

Un agujero hecho por un animal de madriguera es una condicion anormal del terreno (CAT). Se puede obtener alivio sin penalización según la regla 25-1 si hay cuando la bola reposa en la CAT o cuando la CAT interfiere con la colocación o el área de swing del jugador. Sin ver la situación en concreto no me atrevo a opinar sobre si había o no interferencia.
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor EseCa » Mié Nov 18, 2009 2:42 pm

" Área de Swing" , es lo que hay que definir, yo pregunto, ¿ El área de swing se extiende verticalmente hacia abajo ? , no me miréis con esa cara... :oops: , me explico, el hoyo del animal de madriguera me está impidiendo poder sacar una chuleta limpia, el palo se me va a meter en el agujero y me lo va a frenar, yo no tengo la culpa de que el conejo haya hecho ahí su cobijo.

Por eso pregunto:


¿ El área de swing se extiende verticalmente hacia abajo ?
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor movillo » Mié Nov 18, 2009 2:47 pm

No creo que tengas ni que llegar a eso (si meto la pata, que alguien me corrija). Si tu bola está por debajo del nivel del campo, entre dos entradas de madriguera, para mí está clarísimo que estás EN la madriguera. Si, además, no puedes hacer el swing porque las paredes de la madriguera te lo impiden.......¿que más necesitas para convencerte?
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor EseCa » Mié Nov 18, 2009 3:01 pm

movillo escribió:No creo que tengas ni que llegar a eso (si meto la pata, que alguien me corrija). Si tu bola está por debajo del nivel del campo, entre dos entradas de madriguera, para mí está clarísimo que estás EN la madriguera. Si, además, no puedes hacer el swing porque las paredes de la madriguera te lo impiden.......¿que más necesitas para convencerte?


No, si yo estaba convencido, pero lo que alegaban mis tres compañeros competidores era, que la bola tiene que estar en el agujero, para poder aliviarme, y estaba buscando mas información o decisiones al respecto.

Gracias, otra vez.
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor movillo » Mié Nov 18, 2009 3:23 pm

Tus compañeros no son árbitros. Una cosa es que tú hables sobre el tema y otra que si no están de acuerdo tú no te puedes dropar sin penalidad. Si tú estás convencido (con fundamento) de algo, puedes actuar como tú creas conveniente sin tener en cuenta lo que te digan los demás; juega dos bolas (una con cada situación) y con posterioridad, puedes consultar al comité sobre el tema :) :)
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor EseCa » Mié Nov 18, 2009 8:22 pm

Si, tienes razón, podía haber terminado el hoyo siguiendo la R: 3-3 , y luego poner el caso en manos del Comité de competición. Y lo pensé, pero en jugadas como esta que son de apreciación , ( es mi opinión personal ) es muy difícil, si no hay un arbitro que resuelva en ese mismo momento, contar y describir luego como y donde reposaba la bola, se convierte en la versión de uno contra la del otro, o tomar un foto, que tampoco se me ocurrió.

Cuando son cuestiones de regla, no hay problema, por que están escritas, pero en situaciones de apreciación es muy difícil, ... que no imposible... ( que no quiero ser negativo ).
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor movillo » Mié Nov 18, 2009 8:48 pm

Lo de la foto no es mala idea; hace 10 años no, pero ahora es de lo más fácilito, sí señor :) :)
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor trastolillo » Jue Nov 19, 2009 10:32 am

movillo escribió:Lo de la foto no es mala idea; hace 10 años no, pero ahora es de lo más fácilito, sí señor :) :)


¿Te imaginas que sacas el móvil para hacer una foto del reposo de la bola y te penalizan por ello, ya que en las CC viene que está prohibido el uso de móviles? :laughing6: :laughing6:

Sería kafkiano. :shock: :shock:
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor movillo » Jue Nov 19, 2009 11:16 am

Una lástima que no hayan introducido en la modificación de las reglas como no penalizables (y eso que han aclarado precisamente esa decisión) el "tomar instantáneas durante el juego de situaciones de conflicto al efecto de aportar pruebas para una mejor interpretación de las reglas de golf" :cry: :cry: :cry:
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor dabale » Jue Nov 19, 2009 11:35 am

trastolillo escribió:
movillo escribió:Lo de la foto no es mala idea; hace 10 años no, pero ahora es de lo más fácilito, sí señor :) :)


¿Te imaginas que sacas el móvil para hacer una foto del reposo de la bola y te penalizan por ello, ya que en las CC viene que está prohibido el uso de móviles? :laughing6: :laughing6:



El problema de los actuales dispositivos multiuso es ese. Llevo tiempo pensando en un post sobre el tema. A ver si me animo.
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor teeputter » Jue Nov 19, 2009 6:00 pm

En las Condiciones de la Competición no se puede penalizar a un jugador por llevar un teléfono móvil, o incluso usarlo. La penalidad sería en los casos de la D-14-3/16 o por una grave infracción de etiqueta (R-33-7).
Cuanto más ahondo en el conocimiento, más dudas me surgen. Los ignorantes casi nunca dudan.
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor dabale » Jue Nov 19, 2009 7:28 pm

¿Si el teléfono fuera un Iphone o similar podría descalificársele por la 14-3/0.5?
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Re: Animal De Madriguera.

Notapor Topolite » Jue Nov 19, 2009 7:41 pm

dabale escribió:¿Si el teléfono fuera un Iphone o similar podría descalificársele por la 14-3/0.5?


En mi opinión la Decisión es clara. Si tiene tales funciones, se usen o no, se infringe la regla 14.3 y la penalidad es la descalificación. Pongo la decisión controvertida, para que otros foreros que lean el hilo puedan entender de qué estamos hablando

[cell class=spoiler]14-3/0.5

Regla Local permitiendo el uso de dispositivos medidores de distancia

P. ¿Puede el Comité permitir el uso de dispositivos medidores de distancia mediante una Regla Local?

R. Si. Un Comité puede establecer una Regla Local permitiendo a los jugadores el uso de dispositivos que midan únicamente la distancia (ver nota de la Regla 14-3). Sin embargo, el uso de dispositivos que midan además, otras condiciones que pudieran afectar el juego de un jugador, (por ejemplo, caídas, velocidad del viento, temperatura, etc.) no están permitidos. Independientemente de que tal función adicional se use o no.
En ausencia de tal Regla Local, la utilización de dispositivos medidores de distancia es contraria a la Regla 14-3. (Revisada)[/cell]


Saludos,
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