
A ver si me podéis ayudar con esta duda:
En un torneo en el recorrido amarillo del CCVM (Campo y club que no conocía y que estrenaba


Saludo a algún amigo, hablo con algún mienbro del comité y con tiempo salgo para el tee 1 siguiendo los



Llego al tee 1 (Marcado claramente con un cartel TEE 1) y veo a cuatro personas y un starter, por lo que miro la hora y aún no eran las 10:35 y extrañado le indico al starter que tenía salida para las 10:35 y él me dice, para mi asombro: ¿Eres del torneo? Entonces no es aquí, vosotros tenéis la salida el el otro tee, porque se ha cambiado el recorrido hace 2 semanas. Ahora este es el tee 10.



Salgo para el otro tee y me encuentro al presidente del comité que venía a buscarme, porque me había visto antes y, al faltarle en la salida, ya se imaginó el problema. Cuando llego, mi partida ya estaba en la calle aprochando al green. O sea, llegué pasados los 5 minutos. Diálogo entre presidente, árbitro y starter con un veredicto definitivo del árbitro: ESTÁ DESCALIFICADO.

Mi respuesta fue clara: "Las reglas son las reglas. Hay que joderse, pero es lo que hay".
Se determina que, si quería unirme a mi partida podía, ya que había pagado


Bueno, os podéis imaginar como fue esa penitencia. Un desastre continuo, hasta que en el hoyo 13 ya me harté, y después de pedir disculpas a los miembros de mi partida, decidí no seguir vagando por el campo, ya que la rabia me inpedía pensar y jugar a algo parecido al golf.



Bueno, hasta ahí los hechos, ahora la duda:
En el listado de la clasificación aparezco como:
Hex NVH Hpu Total
13.1 13.2 0 Dsc
Y al comprobar en la web de la federación aparece que ME HAN SUBIDO 1 DÉCIMA MI HÁNDICAP.



¿Me pueden subir mi hándicap si me han descalificado por llegar tarde y ya no he podido iniciar la competición?
Recordaros que todos (Presidente, árbitro y starter) me dijeron que podía jugar con mi partida, pero que estaba FUERA DE COMPETICIÓN, por estar descalificado (Ni siquiera podía participar en los premios al "mejor approach")

Yo he estado mirando el "Sistema de hándicaps 2016-2019" y en su punto 3.6 y sus Notas Directrices adjuntas, no veo justificación para una subida de hándicap

¿Se puede reclamar?
¿En qué regla, decisión, directriz, o "directiva europea" dice que esa descalificación suponga subída de hándicap?
Gracias y perdonad el rollo