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Sin acuerdo en match play

Este subforo está destinado a que preguntes las dudas “cotidianas” sobre reglas que te hayan surgido jugando al golf, o algo que no hayas entendido de una regla.
 

Sin acuerdo en match play

Notapor Manu » Lun Oct 28, 2013 9:43 pm

El otro día me contó un amigo, que jugando una partida de match play de su club, vio como el contrario cometió una infracción de las de pérdida de hoyo . En realidad no recuerdo la penalidad.

La duda radica en como actuar si el contrario dice que no ha infringido dicha regla. Es decir, la palabra de uno contra la de otro. Sin testigos.

En este caso, decidieron seguir jugando y ver si el hoyo afectaba al resultado. Como fue un 5&4 no hizo falta. Pero como actuar en este caso, si repito, no hay testigos y es la palabra de uno contra lea de otro ...?
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor Topolite » Lun Oct 28, 2013 10:00 pm

Pues la decisión la tendrá que tomar el Comité. Eso sí, hay que cumplir con el procedimiento establecido para que la reclamación sea válida:

[cell class=spoiler]2-5. DUDAS DE PROCEDIMIENTO; DISPUTAS Y RECLAMACIONES.
En el Juego por Hoyos (Match Play), si surge una duda o disputa entre los jugadores, un jugador puede hacer una reclamación. Si un representante autorizado del Comité no está disponible dentro de un tiempo razonable, los jugadores deben continuar el partido sin demora. El Comité sólo puede considerar una reclamación si se ha hecho en el plazo
adecuado y si el jugador haciendo la reclamación ha notificado en ese momento a su contrario (i) de que está haciendo una reclamación o quiere una decisión y (ii) de los hechos en los que se ha de basar la reclamación o la decisión.
Se considera que una reclamación se ha hecho en el plazo adecuado si, al descubrirse las circunstancias que dan lugar a una reclamación, el jugador hace su reclamación (i) antes de que cualquier jugador del partido juegue desde el siguiente lugar de salida, o (ii) en el caso del último hoyo del partido, antes de que todos los jugadores del partido salgan del
green, o (iii) cuando las circunstancias que dan lugar a la reclamación son descubiertas después de que todos los jugadores del partido hayan salido del green del último hoyo, antes de que el resultado del partido haya sido anunciado oficialmente.
Una reclamación relativa a un hoyo anterior del partido sólo puede ser considerada por el Comité si está basada en hechos previamente desconocidos por el jugador que hace la reclamación y le ha sido dada información equivocada por un contrario (Reglas 6-2a y 9). Tal reclamación debe ser hecha en el plazo adecuado.
Una vez que el resultado del partido ha sido anunciado oficialmente, una reclamación no puede ser considerada por el Comité, a no ser que esté convencido de que (i) la reclamación está basada en hechos que eran previamente desconocidos para el jugador que hace la reclamación en el momento en el que el resultado fue anunciado oficialmente, (ii) al jugador haciendo la reclamación le ha sido dada información equivocada por un contrario y (iii) el contrario sabía que estaba dando información equivocada. No hay límite de tiempo para considerar tal reclamación.[/cell]

Saludos,
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor pakotoro » Lun Oct 28, 2013 10:01 pm

Manu escribió:El otro día me contó un amigo, que jugando una partida de match play de su club, vio como el contrario cometió una infracción de las de pérdida de hoyo . En realidad no recuerdo la penalidad.

La duda radica en como actuar si el contrario dice que no ha infringido dicha regla. Es decir, la palabra de uno contra la de otro. Sin testigos.

En este caso, decidieron seguir jugando y ver si el hoyo afectaba al resultado. Como fue un 5&4 no hizo falta. Pero como actuar en este caso, si repito, no hay testigos y es la palabra de uno contra lea de otro ...?

La R2-5 se aplicaria en este caso. Antes de salir del hoyo siguiente debes comunicar claramente a tu contrario que haces una reclamación sobre ese hoyo que acabais de jugar, que reclamas y sobre que hechos.
Si el Comite o un representante no aparecen durante el MP, al volver a la casa club comunicar al representante del Comite la reclamación, los hechos, etc.. y como se ha hecho en el momento y forma establecidas por las RdG.

Edito: Se me adelanto Topolite :P

[cell class=spoiler]

2-5. Dudas de Procedimiento; Disputas y Reclamaciones.

En el Juego por Hoyos (Match Play), si surge una duda o disputa entre los jugadores, un jugador puede hacer una reclamación. Si un representante autorizado del Comité no está disponible dentro de un tiempo razonable, los jugadores deben continuar el partido sin demora. El Comité sólo puede considerar una reclamación si se ha hecho en el plazo adecuado y si el jugador haciendo la reclamación ha notificado en ese momento a su contrario
(i) de que está haciendo una reclamación o quiere una decisión y
(ii) de los hechos en los que se ha de basar la reclamación o la decisión.

Se considera que una reclamación se ha hecho en el plazo adecuado si, al descubrirse las circunstancias que dan lugar a una reclamación, el jugador hace su reclamación

(i) antes de que cualquier jugador del partido juegue desde el siguiente lugar de salida, o

(ii) en el caso del último hoyo del partido, antes de que todos los jugadores del partido salgan del green, o

(iii) cuando las circunstancias que dan lugar a la reclamación son descubiertas después de que todos los jugadores del partido hayan salido del green del último hoyo, antes de que el resultado del partido haya sido anunciado oficialmente.

Una reclamación relativa a un hoyo anterior del partido sólo puede ser considerada por el Comité si está basada en hechos previamente desconocidos por el jugador que hace la reclamación y le ha sido dada información equivocada por un contrario (Reglas 6-2a y 9). Tal reclamación debe ser hecha en el plazo adecuado.

Una vez que el resultado del partido ha sido anunciado oficialmente, una reclamación no puede ser considerada por el Comité, a no ser que esté convencido de que

(i) la reclamación está basada en hechos que eran previamente desconocidos para el jugador que hace la reclamación en el momento en el que el resultado fue anunciado oficialmente,
(ii) al jugador haciendo la reclamación le ha sido dada información equivocada por un contrario y
(iii) el contrario sabía que estaba dando información equivocada. No hay límite de tiempo para considerar tal reclamación.

Nota 1: Un jugador puede dejar pasar una infracción de las Reglas por su contrario siempre que no haya un acuerdo de los bandos para excluir una Regla (Regla 1-3).

Nota 2: En el Juego por Hoyos (match play), si un jugador tiene dudas sobre sus derechos o sobre el procedimiento correcto, no puede completar el juego del hoyo con dos bolas.

[/cell]
Última edición por pakotoro el Lun Oct 28, 2013 10:02 pm, editado 1 vez en total
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor MOIEDU » Mar Oct 29, 2013 1:37 am

Yo interpreto que la duda de Manu no va exclusivamente en relación al procedimiento descrito en la 2.5 sino que desde el punto de vista de Comité, es decir de cómo debería resolver el Comité una vez planteada correctamente dicha reclamación en la que el jugador niega haber cometido una infracción que el que reclama asegura que la ha cometido.

El derecho a reclamación partiendo de la premisa clara que el jugador ha cometido la infraccion lo tiene el contrario y no debería coartarse, quién debe juzgarlo es el Comité. Bajo mi opinión sería una cuestión de hecho y para ello está esta decisión:

[cell class=spoiler]34-3/9
Resolución de cuestiones de hecho; responsabilidad del árbitro y del Comité

Resolver cuestiones de hecho, es una de las acciones más difíciles que ha de realizar un árbitro o el Comité en su conjunto. Por ejemplo, estas situaciones incluyen un amplio espectro de incidentes tales como determinar si un jugador ha causado que una bola se mueva (Decisión18/10, 18-2a/30 y 18-2a/30.5), si un jugador ha jugado desde fuera del lugar de salida (Decisión 34-3/4), si se ha ejecutado un golpe (Decisión 14/1.5), el hoyo en el que se jugó bola equivocada (Decisión 15-1/3) y el estado de un match (Decisión 34-3/5).
En todas las situaciones en las que hay cuestiones de hecho implicadas, la resolución de la duda debe hacerse teniendo en cuenta todas las circunstancias relevantes y valorando el peso de la evidencia, incluyendo el cálculo de probabilidades cuando sea aplicable (Decisión 15-1/3). En caso de que el Comité fuera incapaz de determinar los hechos satisfactoriamente, debe resolver el tema de la forma más justa (Decisión 34-3/5).
Es importante el testimonio de los jugadores implicados y debe ser tenido en cuenta. En algunas situaciones donde los hechos no son decisivos la duda debería resolverse a favor del jugador (Decisiones 15-1/2 y 19-1/4.1); en otros casos la duda debería resolverse en contra del jugador (Decisión 13-4/35.5 y 21/3). No hay una Regla fija para valorar el testimonio de los jugadores o para decidir el valor que debe darse a estos testimonios y cada situación debe ser tratada por sí misma. La solución correcta depende de las circunstancias de cada caso y debe dejarse a juicio del árbitro o del Comité en su conjunto.
EL testimonio de aquellos que no son parte de la competición, incluyendo espectadores, debe ser aceptado y evaluado (Decisión 27/12).También es conveniente utilizar la cobertura de la televisión y medios similares como ayuda para resolver dudas.
Es importante que cualquier cuestión de hecho se resuelva en el plazo adecuado, para que la competición pueda seguir adelante de forma ordenada. Por tanto, el árbitro puede verse limitado a evaluar la evidencia disponible para él en el plazo adecuado. Cualquier decisión de este tipo está siempre sujeta a una revisión posterior por el árbitro, o por el Comité en su conjunto en caso de que llegue a aparecer cualquier prueba adicional.
Si un árbitro emite un veredicto, el jugador está autorizado a proceder basándose en esa decisión, ya sea una interpretación de las Reglas de Golf (Decisión 34-3/1.5) o una resolución de una cuestión de hecho (Decisión 34-3/7). En las situaciones en las que concurran cualquiera de ambas circunstancias, si la decisión resulta ser incorrecta, el Comité puede tener autoridad para realizar una corrección (Decisión 34-3/1 y 34-3/7). No obstante, en todas las circunstancias , incluyendo tanto el Juego por Hoyos (Match Play) como el Juego por Golpes (Stroke Play), el árbitro o el Comité están limitados en su capacidad de hacer correcciones a las orientaciones contenidas en las Decisiones 34-2/5, 34-2/6, 34-2/7, 34-3/3 y 34-3/3.3. (Revisada)[/cell]
Última edición por MOIEDU el Mar Oct 29, 2013 1:46 am, editado 2 veces en total
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor Parcheval » Mar Oct 29, 2013 5:47 am

En definitiva, lo deciden a cara o cruz...
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor strinque » Mié Oct 30, 2013 1:39 pm

O discutes o callas pero como al final tambien la version de los hechos
Tiene dos lecturas lo mejor es si no es campeonato no seguir
A mi esas cosas me sacan de partida. ..
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Re: Sin Acuerdo En Match Play

Notapor RulesGuy » Jue Nov 21, 2013 8:07 pm

Para ver el poco futuro que tendría la reclamación si el contrario la niega tajantemente, consultad la decisión 34-3/4 :-|
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