Dropar Al Otro Lado Del Oceano

Este es el subforo de reglas donde los “iniciados” en éstas pueden “campar a sus anchas” profundizando y teorizando todo lo que crean conveniente.

Dropar Al Otro Lado Del Oceano

Notapor Harold » Jue Mar 05, 2009 2:39 pm

El otro dia en Golf+, Beamonte comentó que siempre había tenido la duda de que si se iba al agua en Pebble Beach (agua lateral), considerando que se puede dropar al otro lado del agua por un punto equidistante desde donde entró la bola, podía dropar en Hawai.

Gracia a parte, me imagino que esto es una gran "chorrada", pues que yo sepa nunca se puede dropar fuera del campo de juego el cual esta delimitido por vallas, estacas o elementos naturales (el mar en este caso).
"La violencia es el último recurso del incompetente", por eso hay tanta violencia.
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Re: Dropar Al Otro Lado Del Oceano

Notapor lsub » Jue Mar 05, 2009 3:16 pm

33-2a/11
Definición de un recinto de agua adyacente al Campo

P.
Un recinto de agua (p. ej. Un rio, lago o un océano) es adyacente a un hoyo y está fuera de la
propiedad del club. La definición de “Obstáculo de Agua” se refiere a un recinto de agua “en el
Campo” ¿Cómo puede el Comité definir el recinto de agua?

R. El Comité puede definir el recinto de agua como un obstáculo de agua (o un obstáculo de agua
lateral) aunque esté fuera de la propiedad del club. La frase “en el campo” en la Definición de
“Obstáculo de Agua“ no significa en una propiedad que posee el club; más bien se refiere a
cualquier área no definida por el Comité como fuera de límites.

Cuando es posible que una bola acabe en terreno en el lado opuesto de un recinto de agua,
pero es impracticable para el Comité definir el margen opuesto, el Comité puede adoptar una
Regla Local declarando que cuando está marcado solamente en un lado, se entiende que un
obstáculo de agua se extiende hasta el infinito.
En consecuencia, todo terreno y agua más allá
del margen definido de un obstáculo está en el obstáculo. Cuando no es posible que una bola
vaya a parar al lado opuesto de un recinto de agua (p. ej. Como un rio ancho, un lago ancho o
un océano), no es necesaria tal Regla Local.

En algunas situaciones el Comité puede decidir el definir tal recinto de agua como fuera de
límites por razones de seguridad (p. ej. Para evitar que los jugadores jueguen desde una ladera
inestable o un acantilado) o para asegurar que un hoyo se juega como se ha proyectado (p. ej.
No dar a los jugadores la facilidad de jugar desde la playa).
lsub
 

Re: Dropar Al Otro Lado Del Oceano

Notapor Locar » Jue Mar 05, 2009 4:52 pm

En serio... lo del libro de decisiones es cada día más impresionante.

Hay algo que no esté supuesto en él?
Locar
 

Re: Dropar Al Otro Lado Del Oceano

Notapor teeputter » Jue Mar 05, 2009 6:14 pm

Locar escribió:En serio... lo del libro de decisiones es cada día más impresionante.

Hay algo que no esté supuesto en él?


Si, lo que se está debatiendo en el hilo siguiente a este. :cry:
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