Lo que pone en el apendice es esto
De acuerdo con la Regla 33-8a el Comité puede establecer y publicar Reglas Locales para
condiciones locales anormales, siempre y cuando sean coherentes con los criterios
establecidos en este Apéndice. Además, se facilita una información detallada con respecto a
Reglas Locales aceptables y prohibidas en las "Decisiones sobre las Reglas de Golf" bajo la
Regla 33-8, y en “Orientaciones sobre la Dirección y Administración de una Competición.”
Si las condiciones locales anormales interfieren con el desarrollo normal del juego del golf y
el Comité considera que es necesario modificar una Regla de Golf, se debe obtener la
autorización de la Real Federación Española de Golf.
33-8. Reglas Locales
a. Criterio
El Comité puede establecer Reglas Locales para condiciones anormales locales si son
coherentes con los criterios seguidos en el Apéndice I.
b. Dejar de Aplicar o Modificar una Regla
Una Regla de Golf no debe ser dejada de aplicar a causa de una Regla Local. Sin embargo, si
un Comité considera que las condiciones anormales locales interfieren con el apropiado
desarrollo del juego hasta el extremo de que sea necesario establecer una Regla Local que
modifique las Reglas de Golf, la Regla Local debe ser autorizada por la Real Federación
Española de Golf , quien en caso necesario consultará con el R&A.
http://www.rfegolf.es/ArtculosDocumento ... ticion.pdf