
Hay una decisión que habla al respecto:
[cell class=spoiler]6-6b/8
Obligación de que el resultado sea introducido en ordenador
P ¿Puede un Comité, como condición de la competición, obligar a que un competidor deba
introducir su resultado en un ordenador?
R No. Ello supondría modificar la Regla 6-6b.
Sin embargo, aunque no es permisible penalizar a un jugador bajo las Reglas de Golf por
no introducir su resultado en un ordenador, un Comité puede, con el fin de ayudar a la
organización de la competición, introducir una “Normativa del Club” a este fin y establecer
sanciones disciplinarias (por ejemplo, no jugar en siguientes competiciones del Club) por no
actuar de acuerdo con la normativa.[/cell]
Según el Comité si un jugador no introduce los datos puede ser descalificado. Bajo mi criterio el Comité podría establecer una sanción disciplinaria pero entiendo que la descalificación no debería ser aplicada. ¿Qué opináis?