por wolly » Vie May 25, 2007 1:16 pm
Ruling, bienvenido, ya de paso.
No estoy en absoluto de acuerdo con esa afirmación.
Ya dije que creo que, probablemente, esta es la pregunta más controvertida del examen.
Desde este punto de vista, creo que pudieran decir que, efectivamente el árbitro NO puede corregir su decisión, basándose en la D. 34-2/2. La respuesta de esta decisión parece ser muy clara y definitiva, pero hay que tener en cuenta, para su interpretación, la pregunta a la que responde. En este aspecto, es claro que si das un ruling equivocado, y haces por ejemplo jugar a un jugador de lugar equivocado, tu decisión es final y el jugador está absuelto de toda penalidad.
Extrapolar esto a que si penalizas a un jugador incorectamente no puedas corregir el ruling, entiendo es excederse de lo que la decisión quiere decir.
Máxime cuando existe la controversia de si los árbitros cuando actuamos en una competición stroke-play o bien en una match-play no asignados a los partidos, estamos actuando como árbitros o bien como algo mucho más similar a miembros autorizados del comité, o más bien, como cada vez más a menudo se está tendiendo a utilizar, como "rules officials" (oficiales de reglas), expresión que usa R&A, USGA y vemos todos los días que observamos un ruling en el circuito europeo, donde los árbitros son identificados por el buggy "Rules" (ver mi foto).
Si se estudia con detenimiento el capítulo de "Guidance on running a competition" de R&A titulado "Duties of a Rules Official", se observa que cuando se habla de las funciones de un árbitro, éste acompaña a los jugadores en la partida, siempre. De esta forma, la guía incluso te dice donde colocarte en los lugares de salida, el hecho de que debas adelantarte a los jugadores cuando entiendas vaya a haber dudas sobre turno de juego de forma que examines la situación antes de que lleguen, que debes situarte en una posción tal en la que seas capaz de observar cada golpe, donde debes colocarte cuando estén en green.... y todo esto lo refieren tanto a stroke-play como a match-play (de hecho, se hace mención expresa del stroke-play cuando dice te adelantes para determinar el turno de juego).
Esta distinción entre árbitros y miembros autorizados del comité, o más bien el punto intermedio, oficiales de reglas, es verdaderamente interesante cuando hablamos de cómo debemos actuar en una competición match-play cuando no estamos asignados al partido.
Si estamos asignados al partido, tanto la guía como las reglas son muy claras: debemos actuar ante cualquier infracción que observemos o nos pueda ser comunicada. No damos espacio a que el contrariio pueda ignorar una penalidad que el contrario ha cometido conforme a la D. 2-5/1, puesto que nosotros hemos de velar para que las infracciones que se cometan conlleven la penalidad correspondiente.
Sin embargo, cuando no estamos asignados a partidos, como sabemos, esto no se hace así. De esta forma, sabemos que en ese caso es el contrario el que ha de velar por sí mismo. Nosotros sólo actuamos ante las reclamaciones y/o cuando somos requeridos por uno de los jugadores, o bien cuando observamos una infracción que no ha sido observada por el contrario, en cuyo caso, sabemos que hemos de dirgirnos al contrario para hacerle saber los hechos, sin la intervención del jugador, de forma que el contrario pueda, libremente, y con conocimiento de los hechos en cuestión, decidir si aplica la penalidad o bien la ignora conforme a la D. 2-5/1 (y lo hacemos sin el concurso del jugador para evitar nos encontrasemos en un caso de descalificación por la 1-3).
Por lo anterior, cada día más, se huye de denominar "árbitro" a esa persona que hace nuestras funciones cuando no estamos asignados a match-play, al igual que cuando estamos simplemente localizados en un área del campo conflictiva o bien dando vueltas sin acompañar a una partida en concreto, también en el caso de stroke-play. En estos casos, estamos actuando, mucho más, como miembros autorizados del comité, aunque también huímos de esta acepción pues, formalmente (que no de facto, normalmente) no pertenecemos a éste. Por eso acuñan y usan normalmente esta palabra de "oficial de reglas", que aunque, según R&A engloba a árbitros, forecaddies, marshals, observadores y miembros del comité, cada día más se usa exclusivamente para árbitros no asignados y miembros del comité, exclusivamente.
Pues bien, una vez soltado todo este rollo macabeo, decir que, como oficiales de reglas que actuamos en stroke-play, nuestras funciones son casi en su totalidad las mismas, en la práctica, que las de un miembro autorizado del comité, el cual, conforme a las decisiones de la 34-3, puede rectificar un ruling en stroke-play.
Sí que hay una diferencia importante, entiendo. Y es la otra parte de tu respuesta que no comparto. Si un árbitro (actuando como oficial de reglas o como árbitro) da un ruling equivocado, su decisión es final siempre y cuando el árbitro quiera que sea final (D. 34-2/4). El comité no puede corregir nuestra decisión equivocada sin contar con nuestro consentimiento. Si en algún momento pretendiese corregirlas, debe asegurarse de limitar nuestras funciones en stroke-play cosa que las reglas le permiten y que habitualmente se hace, por ejemplo, en el caso del circuito Australiano donde, parece ser, no se fían de los árbitros nacionales.
Por eso, ya que el comité ha de contar con nuestra autorización para modificar nuestro ruling, entiendo, de hecho, que en relaidad somos nostros los que estamos modificándolo.
Ya te digo, para mí la pregunta más difícil del examen.