teeputter escribió:Según la Regla 7-1 b, un competidor no debe practicar entre vueltas cuando la competición por golpes ha de jugarse en días consecutivos, [b]entiendo que se refiere al supuesto en el que el competidor debe jugar los dos días, no[/b]?
Y en el supuesto en el que una competición se juegue en dos días consecutivos, ejemplo lunes y martes, pero los competidores solo juegan uno de los días. Si un competidor que juega la competición el martes, juega en el campo de la competición el lunes estaría penalizado por la R 7-1 b, o se considera que el sólo compite el martes, y el lunes es el día anterior a su competición?
Yo coincido contigo en la parte que he resaltado.
Entiendo que no se puede jugar entre vueltas, [u]dos o más vueltas de una misma competición[/u], que no tiene nada que ver con el caso de que una competición, debido al número de participantes, se haya dividido en dos días. En este caso la competción consta de una sola vuelta estipulada; aquí estiendo que no cabe hablar de "entre vueltas" ya que consta solamente de una vuelta estipulada aunque haya dos tandas en días consecutivos.
Yo he asistido varias veces a los campeonatos de España de 4ª categoría, que consta de "tres vueltas estipuladas" en tres días consecutivos y nunca me han descalificado por jugar el día anterior ni el último día despues de acabada la competición, si es que me quedaban ganas.
Pongamos por caso que el campeonato se juega Viernes, Sábado y Domingo y con estos días establecidos:
- No se puede jugar el Viernes, ni antes de la vuelta estipulada para ese día, ni después de ella.
- No se puede jugar el Sábado, ni antes de la vuelta estipulada para ese día, ni después de ella.
- No se puede jugar el Domingo antes de la última vuelta estipulada.
Pero nadie prohibe jugar el Jueves ni el Domingo despúés de acabada la 3ª vuelta estipulada, como he dicho antes, si te quean ganas.
En cuanto a la situación en la que se juega una vuelta estipulada, aunque haya dos tandas, entiendo que el día de la competición es uno, aunque haya dos tandas.
- En este caso en que se juega, como dice Teeputter, lunes y martes, al que le toca jugar el lunes, solamente se le prohibe jugar el mismo lunes antes de la vuelta estipulada, pero no después de ella ni al día siguiente.
- En el caso del que juega el martes, entiendo que se le prohibe jugar el mismo martes antes de la vuelta estipulada pero no después de ella ni al día siguiente [u]y creo que el anterior tampoco.[/u]
Tal y como yo lo veo y me lo cuenta mi lógica (que no tiene porqué ser correcta) y mi idea de la equidad.