Se me había pasado opiar en este hilo (gracias lsub).
Casi todo está dicho por lsub. Y en todo creo que tiene razón. Sólo falta decantarse por un ruling determinado suponiendo que yo fuese el comité.
Yo establecería dos supuestos, en función de la primera pregunta que hizo lsub.
1. Si independientemente de que retirasen el marcaje físico de los bunkers citados, era posible entender a través de la redacción de la regla local que los bunkers de ese determinado hoyo eran terreno en reparación y recorrido desde el que estaba prohibido el juego, entonces yo entiendo que seguían teniendo tal consideración (aun a pesar de que quizás las reglas no permitiesen al comité mantenerlos marcados como TER y recorrido, pero estaban así definidos de hecho).
Quiero decir, si la regla local dijese algo así como "todos los bunkers del hoyo 8", sin hacer mencion alguna al marcaje que efectivamente retiraron los greenkeepers, entonces la regla local era suficientemente clara, aunque alguien pudiese entender que quizás fuese ilegal, pues esos bunkers ya no estaban en completa reparación, como prevé la decisión. Pero a pesar de ello, los jugadores habrían de aplicar las reglas locales establecidas por el comité, fuesen o no ilegales. (y no tengo yo tan claro que un bunker que está en completa reparación un día, pueda considerarse perfectamente reparado al día siguiente tan sólo por el hecho de haberle echado arena. Hace falta algún tiempo para asentar esa arena, riego, etc... con lo que el bunker sigue en proceso de reparación y la regla local pudiese seguier siendo considerada legal).
En este caso, aquellos jugadores que jugaron la bola desde esos bunkers, jugaron desde lugar equivocado (20-7) e incurrieron en dos golpes de penalidad por la regla aplicable, que era la propia regla local en vigor. Mala suerte y, sobre todo, mala memoria.... si es que llegaron a leerse las reglas locales en algún momento
2. Si al quitar las marcas de los bunkers no era posible entender, exclusivamente a través de la redacción de la regla local, cuales eran los bunkers que no eran considerados tales sino que eran recorrido y TER con alivio obligatorio, entonces esos bunkers eran, efectivamente bunkers, y los jugadores jugaron correctamente.
Quiero decir, supongamos que la regla local dijese algo así como "los bunkers del hoyo 8, rodeados de una cinta azul". Si no hay ningún bunker en el hoyo 8 rodeado de una cinta azul, entonces es que ningno de ellos cumplía los requisitos contenidos en la regla local y por tanto mantenían su carácter de bunkers.