Cambio De Parejas En Torneo.

Este subforo está destinado a que preguntes las dudas “cotidianas” sobre reglas que te hayan surgido jugando al golf, o algo que no hayas entendido de una regla.

Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Blaster60 » Dom Jul 15, 2007 11:13 am

En un torneo patrocinado, por parejas mejor bola stableford falla una de ellas y se tienen que correr puestos. Se hace con total normalidad hasta llegar a una partida que la formaban 4 hermanos (dos de una familia y dos de otra). Ellos dicen que el Com. de Comp. les había autorizado a salir juntos y que no van a separarse. Montan un escándalo al Caddy Master y para evitar follones este, ante la ausencia en ese momento de miembros del Com. de Comp. que estaban ya jugando en el Campo, les deja salir.
El Com. de Comp. no es que autorizara esta partida sino que el patrocinador solicitó que jugaran juntos. Lo que ocurre es que al fallar una pareja, el resto de participantes no jugaron en el orden previamente fijado. Es más, incluso el mismísimo patrocinador tuvo que cambiar de contrincantes.

Aplicando la 6.3b, se les podría descalificar? :book:
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Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor wolly » Dom Jul 15, 2007 1:37 pm

Entiendo que los cambios en los grupos los realizó el starter, que al parecer no era ni miembro del comité de la prueba ni estaba autorizado por éste para realizar dichos cambios. Mi consejo es que para la próxima crees una nota en el reglamento de la prueba autorizando al starter a realizar los cambios oportunos en los grupos y horarios de salida de los competidores, y que al mismo tiempo el starter tenga claras instrucciones de cómo actuar ante las distintas eventualidades que se puedan presentar.

Según las reglas de golf, los grupos y los horarios de salida los establece el comité, aunque también menciona que un cambio en estos grupos podrá ser autorizado o ratificado por el comité posteriormente.

En el caso de tu competición, aunque no estaba escrito, parece obvio que el starter estaba capacitado por el comité para modificar los grupos y los horarios de salida. Sin embargo, cuando ese grupo en particular se negó a ser modificado, da la impresión de que el starter (o el caddie master) no fue lo suficientemente firme (entre otras cosas porque parece ser no tenía acceso a un miembro del comité que tomase una decisión ni tampoco tenía instrucciones precisas de qué hacer en este caso).

Personalmente creo que, a falta de un reglamento de la prueba que especificase que el starter podía modificar los grupos, los competidores tenían derecho a negarse salvo que un miembro del comité hubiese estado disponible para alterar ese grupo establecido inicialmente por el comité.

En teoría, R&A recomienda que siempre haya un miembro del comité en la salida para resolver todos estos problemas. En la práctica, en las competiciones sociales, la mejor forma de solventarlo es expresamente autorizando a los starters a realizar estas alteraciones y que los competidores conozcan de esta autorización.

Te pongo dos extractos del "Guidance on running a competition" de R&A que no tratan directamente del tema, pero que creo son interesantes para enfocar el tema adecuadamente:

Si el starter no es en efecto un miembro del comité, él debería ser instruido para que informe de cualquier llegada tardía al lugar de salida al Comité, el cual tomará entonces la acción adecuada. En tales circunstancias, la comunicación de la penalidad a un jugador debería ser manejada por el comité, no el starter


Este párrafo sirve, a mi entender, para saber hasta que punto considera R&A que el starter, no siendo miembro del comité, puede llegar en sus atribuciones.

El otro párrafo, quizás más clarificador:

Administración de la competición.
3. Comenzando.
Se aconseja a los comités que designen a uno de sus miembros o a un oficial para que esté disponible en el campo mentras que los jugadores están saliendo, y a apoderar a esta persona para resolver cualquier problema que pueda surgir relativo a horarios de salida, provisión de marcadores, etc.


Sin perjuicio de que formalmente el starter no había sido "apoderado" para realizar estas funciones en tu competición, sí que parece que lo estaba "de hecho", luego el comité debería ratificar todas las decisiones que el starter tomó respecto a cambios de grupos: Todas, tanto aquellos que cambió, como este caso en el que probablemente por falta de instrucciones claras, no cambió.

No creo que sea correcto que, a posteriori, el comité determine que esos jugadores no tenían derecho a negarse a seguir las instrucciones del starter.
wolly
 

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Notapor Blaster60 » Dom Jul 15, 2007 7:58 pm

De toda la vida el starter, que no el Caddie Master porque aquí son dos tareas distintas desarrolladas por dos empleados, tiene la orden por parte del Com. de Comp. de agrupar las partidas para que, en individuales siempre salgan de 4 en 4 hasta la última partida y en dobles a correr puesto. Es por ello que todos los jugadores saben de antaño las atribuciones que el Club le ha conferido. El motivo de dejarlos salir juntos fue porque podían haber montado un escándalo mayúsculo, y eso tambien tienen orden de evitarlo siempre. Si el propio dueño de la firma patrocinadora cambió de grupo ellos también lo tenían que haber hecho. O todos moros o todos cristianos. :wink:
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Notapor wolly » Dom Jul 15, 2007 9:17 pm

Blaster, precisamente.

Independientemente de que esté escrito o no, me dices que el starter tenía atribuciones para cambiar los grupos.

Entonces el starter decidió cambiar todos los grupos excepto el de estos jugadores porque "iban a montar una muy gorda". Esto significa que el starter decidió finalmente no cambiar ese grupo, luego estando autorizado por el comité, el comité debe mantener la decisión del starter, es decir, no cambiar el grupo.

No vale que a posteriori los descalifiques.

La próxima vez, cuando empiecen a liarla, el starter les dirá: "Señores, en ausencia del comité, yo soy la persona autorizada por el comité para modificar los horarios de salida y alterar los grupos en la medida en que sea necesario, así que o salen ahora o salen ahora, y punto". Y ya te digo que mi recomendación, y la de R&A, es que por mucho que todo el mundo sepa que el starter está autorizado por el comité a realizar estas modificaciones, ayuda mucho (a él sobre todo) el que esta circunstancia conste por escrito, a ser posible en lugar visible para todos los competidores.
wolly
 

Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Rumpletinsky » Lun Jul 16, 2007 8:54 pm

Hola de nuevo Blaster:
veo que estas en un sitio complicaillo.
A ver; tu no puedes descalificarlo si le han dado la autorizacion de salida el encargado de turno, es igual que se llame caddy master - starter o azafata guenorra, depende del comite como bien decis. Mientras que a ellos le hayan dado autorizacion algun miembro del staff del campo se entiende que tiene el respaldo del comite y a correr, en este caso a jugar.
Otra cosa , y con esto volvemos al Regimen de Disciplina Interna del Club, donde me imagino que tendras reflejado la obligacion de hacer caso al marshall, starter ,etc.. dentro del campo bajo la sancion equis que se le aplique por dicha falta. Depende aqui de como lo tengas redactado. Ejemplo: el regimen especifica que todas las competciones tanto internas como de patrocinadores externos primero tienen que cumplir con el regimen interno del club y luego con las condiciones del patrocinador externo, teniendo prioridad las primeras en caso de conflicto. Esto lo tienes que aplicar y adjuntar a los contratos de reserva del campo con los patrocinadores externos. Asi entonces te los puedes fundir en cualquier momento a quien te de la gana por una cosa como esta. Y si el patrociandor te lo ha firmado se la jeringa (eso si, olvidate de ese campeonato el año que viene) Un ejemplo de esto muy tonto pero muy claro es el de indumentaria. Si tu tienes un regimen en el que se especifica que no se puede jugar en el campo con camiseta sin cuello y el tio te viene con ella pues puede ser campeonato, primo del patrocinador o cuñado del vecino que ese tio no sale a jugar. Este es el mismo caso.
Otra cosa es este caso, y si no le has adjuntado eso en contarto, es que les puedes sancionar pero de manera interna del club, alegando que se les dejo salir para evitar males mayores. Como me has dicho que son invitados de los patrocinadores me imagino que ni son socios tuyos ni nada asi que poco tienes que hacer, como no los hagas personas non gratas del club (aunque esto es un poco fuerte y yo solo lo he visto una vez, en el parador de malaga... creo que wolly sabe del caso al que me refiero).
Tambien es un poco duro que no haya nadie del patrocinador en las salidas o que no sean tan perros los starter y cerrarse en banda emperrandose que corren turno porque lo dicen las reglas. Entonces es que son unos cenutrios y unos limitados mentales. Como siempre que te sea posible, tal y como te dije en la otra contestacion, intenta utilizar la mano izquierda. Seguro que tenias otra pareja socia que ha venido con una hora de antelacion y estan dando vueltas por el club. Los cojes, le explicas que los otros son invitados del patrociandor y que juegan juntos, patatin , patatan, les das un poco de bola y les convences que salgan un poco antes (aunque con el follon seguro que hay retraso y no es tanta la diferencia de tiempo). La gente no es tan capulla y siempre tendras a alguien que te hace el favorcillo y te has evitado problemas. Y en ultimo caso te pones a aplicar regimen interno , suspensiones etc....
Las leyes estan para cumplirlas pero los jueces buenos son aquellos que las saben interpretar. Si vas con los regimenes inetrnos, todas las reglas (no de juego, sino por ejemplo de cortesia) a saco te quedas solo en un campo de golf. Es como ir a 50 por la castellana de madrid, es lo que pone pero como vayas a esa velocidad te la pegan por detras. Se flexible. Un tio no arregla un pique, sancion, un tio pega la bola y va a buscarla sin estar a la altura del otro jugador, sancion,a un pavo se le olvida rastrillar un bunker, sancion.... y asi hasta el infinito. Te digo que te quedas solo y todo el mundo cabreado.
En fin , la solucion esta con el contrato con el patrocinador. Que prevalezca el regimen del club.
un saludo y ya sabes, mano izquierda, que al fin y al cabo la gente viene a un campo de golf a divertirse y a olvidarse de sus problemas... intentemos no crear nosotros mas.
Feliz año.

PD: ¿cuanto se hicieron esas dos parejas? Eran invitados con todos los derechos o solo a jugar? (ejemplo, lo juegas pero si hay final nacional solo pueden representar al club los socios)
Matraco
 
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Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Blaster60 » Mar Jul 17, 2007 9:29 pm

Muy interesante tu contestación. Solo matizar un par de cosas.
El problema fundamental es que la partida original la formaban dos parejas de hermanos, pero se corrió turno 7 partidas antes porque falló otra. Cuando se presenta el problema el starter estaba rodeado de socios y de invitados del patrocinador. Es por ello que pregunta a Recepción y ellos solo le dicen que cumpla con la norma de correr turno. Cuando lo intenta aplicar es cuando uno de los hermanos se pone muy borde y está a punto de hacer llorar al starter por el desprecio con lo que lo trató. Es por esto que el starter recula y los deja salir juntos.

Las dos parejas eran socios del Club, por lo que ya es inadmisible su actitud. Además, si se permiten cosas como esas qué pueden hacer el resto de socios en el próximo torneo? Quedaron alrededor del puesto 15, con lo que no hicieron gran cosa.

Por otro lado el Régimen Interno se está redactando como tal, ya que hasta la fecha el que tenemos es muy ambiguo.

Y referente a lo de la mano izquierda, te aseguro que se está teniendo muchísima por ahora.

Gracias por la contestación, ha sido muy instructiva. :book:
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Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Rumpletinsky » Jue Jul 19, 2007 4:42 pm

Hola Blaster:
quizas esto te pueda ayudar.



ARTICULO 7º.- FALTAS.

Toda falta cometida por un Usuario se clasificará, atendida su importancia, trascendencia o malicia en: leve, grave o muy grave.

a) Se considerarán faltas leves las siguientes:

1. El incumplimiento o desobediencia de las normas dictadas o que en el futuro se puedan dictar como de régimen interno del Club, siempre que dichas transgresiones no sean de mayor trascendencia o comporten perjuicio para el propio Club, sus Órganos Rectores, para sus empleados o para los demás Usuarios.
2. La inadecuada utilización de los servicios o instalaciones del Club por simple negligencia y sin que se produzcan daños materiales o morales.
3. Cualquier acto que signifique desatención o falta de respeto hacia los demás, Usuarios o empleados, siempre que carezca de gravedad y no trascienda públicamente. Si como consecuencia de esta conducta se causase perjuicio de alguna consideración a la Sociedad, o fuese causa de accidente a algún Usuario o empleado, la falta seria considerada como grave o muy grave.

b) Se considerarán faltas graves las siguientes:

1. El incumplimiento de la sanción que pudiera haber resultado impuesta por la comisión de una falta leve.
2. La triple comisión de falta leve, aunque sea de distinta naturaleza, dentro de un año, que haya merecido amonestación o sanción.
3. La desobediencia o incumplimiento de las normas de utilización del recinto, de los servicios e instalaciones, de carácter grave, así como de las disposiciones del Consejo de Administración ................ y del Equipo de Dirección, que se den a conocer mediante circular o se publiquen y exhiban en el Tablón de Anuncios del Club.
4. La negativa a exhibir el carnet de Usuario tanto en portería como dentro del recinto del Club cuando lo solicite algún empleado. Caso de no tenerlo consigo, la falta de colaboración para que puedan tomarse medidas de identificación y verificación de encontrarse al corriente en las cuotas. Si, como consecuencia de esta actitud, fuese requerido el Usuario para abandonar el recinto del Club y no lo hiciere, la falta podrá ser considerada como muy grave.
5. La Conducta antisocial, manifestada por altercado o alborotos dentro del recinto social, o por el uso reiterado de vocabulario grosero, malsonante o blasfemo dentro del recinto y, de manera muy especial, en el terreno de juego, o comportamiento que, aún sin perjuicio directo para un tercero, atente contra la sensibilidad o bienestar de los demás.

c) Se considerarán faltas muy graves:

1. El incumplimiento de la sanción que pudiera haber resultado impuesta por la comisión de una falta grave.
2. La doble comisión de falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, siempre que se cometa dentro del período de dos años.
3. La comisión, comprobada y no aclarada o justificada, dentro o fuera del recinto del Club, de cualquier acto de trascendencia pública, que perjudique la reputación y prestigio del Club y/o de sus Usuarios, corporativamente considerados.
4. La agresión física, agravio, ultraje o provocación de palabra o de obra, dentro del recinto social.
5. Los mismos hechos, cometidos fuera del Club, contra directivos y empleados.
6. La embriaguez reiterada y escandalosa, conducta delictiva o gravemente atentatoria a la convivencia social.
7. El uso fraudulento del carnet de Usuario o recibos de cuotas.
8. Retener, dañar, inutilizar o hacer desaparecer cualquier clase de bienes del Club, de sus Usuarios o empleados.
9. La actitud o conducta que de forma generalizada y reiterada perturbe o atente notoriamente contra el bienestar, la comodidad y el ambiente de convivencia en el seno del Club.

ARTICULO 8º.- SANCIONES

Las sanciones que se impondrán a los que incurran en las precedentes faltas serán las siguientes:

a) Por faltas leves.

- Amonestación verbal o escrita de carácter privado.
- Amonestación escrita de carácter público.
- Suspensión del derecho de entrada al Club durante un plazo de hasta 30 días como máximo. Durante este periodo tendrá en suspenso los derechos correspondientes a la condición de Usuario y tendrá que continuar abonando íntegramente las cuotas establecidas.

Con independencia de cualquier sanción, el Usuario indemnizará al Club de cuantos daños y perjuicios hubiere producido al Club, a sus Usuarios, a sus empleados y a terceros.

b) Por faltas graves.

- Suspensión de los derechos correspondientes a la condición de Usuario, por un período de entre un mes y un día a 6 meses, debiendo el Usuario sancionado, durante la vigencia de la misma, continuar abonando, íntegramente las cuotas establecidas.

Con independencia de cualquier sanción, el Usuario indemnizará al Club de cuantos daños y perjuicios hubiere producido al Club, a sus Usuarios, a sus empleados y a terceros.

c) Por faltas muy graves.

- Suspensión de los derechos correspondientes a la condición de Usuario, por un período de 6 meses y un día a 2 años, debiendo el Usuario sancionado, durante la vigencia de la misma, continuar abonando las cuotas establecidas.
- Expulsión definitiva del Club, con pérdida de todos los derechos, salvo la propiedad del Derecho de Uso.

Con independencia de cualquier sanción, el Usuario indemnizará al Club de cuantos daños y perjuicios hubiere producido al Club, a sus Usuarios, a sus empleados y a terceros.

ARTÍCULO 9º.- DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

a) Principios que inspiran el procedimiento sancionador:

1. El procedimiento se desarrollará de acuerdo con los principios de audiencia, contradicción y de acceso permanente, entendiendo como tal la facultad que en cualquier momento del procedimiento, los interesados tienen de conocer su tramitación.

b) Forma de iniciación.

El procedimiento sancionador podrá iniciarse de oficio, por solicitud de la Dirección del Club o por petición o denuncia de un Usuario.

La iniciación del procedimiento y apertura del expediente se formalizará con el contenido mínimo siguiente:

- Identificación del Usuario o Usuarios presuntamente responsables.
- Los hechos sucintamente expuestos que motivan la incoación del procedimiento, su posible calificación y las sanciones que pudieran corresponder, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.
- Indicación del derecho a formular alegaciones y audiencia del procedimiento y proponer y practicar prueba.
- Plazos para la tramitación del procedimiento.

c) Trámite de audiencia.

El Usuario tendrá el derecho a formular alegaciones y a proponer y practicar dentro del plazo que se le conceda la correspondiente prueba.

d) Resolución del Procedimiento.

El Comité de Disciplina adoptará por mayoría de sus componentes las resoluciones que se refieran a la declaración de falta grave o muy grave. Para las faltas leves bastará con el dictamen del Director del Club

El Comité de Disciplina dictará por escrito la correspondiente resolución que notificará a los afectados haciéndoles saber el recurso que cabe contra la misma.
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Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Blaster60 » Jue Jul 19, 2007 11:39 pm

Muchísimas gracias. Me has dado muchas ideas para redactar lo nuestro. La única duda que tengo es si se pueden hacer públicos (mediante la colocación en el tablón del Club por ejemplo), de los amonestados y sus sanciones. Se hace esto por algún campo de la península?
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Respuesta: Cambio De Parejas En Torneo.

Notapor Mr Regulation » Vie Jul 20, 2007 12:09 am

En Jaizkíbel, hace unos años, se colocaba
un tablón en el tee del 1 donde se decía:
Fulanito no rastrilló el bunker del Hoyo tal
el día cual; Menganito no reparó nosequé
pique; Zutanito pasó el carro por el borde
de el green X...


Esta práctica duró algunos meses y creo
recordar que no sirvió para nada.
Solo pido salud
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