por wolly » Sab Jun 16, 2007 11:15 am
Julius,
Voy a tratar de adivinar por qué. O más bien, a decirte por qué yo no lo pondría o sí.
Yo lo veo como cosas diferentes.
En el caso de las piedras en los bunkers:
Es cierto que todas las hard cards lo incorporan ya. Pero eso no quita para que el que haya piedras en los bunkers debiera ser una condición extraordinaria. La arena de los bunkers no debería incluir piedras, y una regla local así no debería ser necesaria. Tan sólo debería ser necesaria en circunstancias extraordinarias. Por eso no está incluida en el cuerpo principal de las reglas.
Sin embargo, la experiencia nos dice que esta circunstancia no es tan extraordinaria como debería ser, y precisamente por ello, lo ponemos en las hard cards, no vaya a ser que, al redactar las regla locales para un campo, se nos olvide incluirla.
Además, el considerar las piedras como obstrucciones, es decir, como algo artificial, y encima exclusivamente en los bunkers, que no fuera de ellos, es algo que va en contra de la definición de obstrucciones. Si lo incorporásemos en las reglas, tendríamos que modificar la definición de obstrucción para que tuviese coherencia. Como lo añadimos en el apéndice, como regla local en teoría extraordinaria, parece que preocupa menos ir en contra de la definición.
En el caso de la extensión de la 25-2 a todo el recorrido que no sea arena:
Esto es distinto. Aquí creo que hay una clara evolución hacia su posible futura inclusión.
La regla 25-2 (o aquella donde originalmente se decía lo mismo), se crea en 1980. Después, en 1984, además de la 25-2, se incorpora en el apéndice la posibilidad de su extensión al recorrido. Pero esta posibilidad se restringe a momentos determinados del año, a que existan circunstancias que así lo aconsejen y a ser posible a determindas zonas del recorrido donde esta problemática exista, es decir, muy al estilo de como tenemos incluida la posibilidad de colocar bola ahora mismo en el apéndice I.
Estas restricciones continúan así hasta el año 2000. Aunque se sigue manteniendo el principio de que sean condiciones temporales las que hagan que sea conveniente incorporar esta regla local, la redacción de la regla especimen recomendada cambia. Ya no empeiza con un "especifique el area donde es necesario", sino que directamente pone "en el recorrido". Es decir, ahora, si las condiciones lo hacen conveniente, la recomendación es ponerlo en vigor en todo el recorrido, y no como hasta ahora tan sólo en ciertas partes de éste.
Y por fin llegamos a Junio de 2006, y de repente, leyendo las notas de la USGA sobre las regla locales del US Open, nos encontramos que la USGA dice: "La USGA también adopta (y recomienda su adopción universal) la regla local para bola empotrada en el recorrido".
Para mí esto indica que es posible que en un futuro no muy lejano, la regla 25-2 se modifique y se extienda a todo el recorrido que no sea arena, pues no creo que vaya a existir excesiva discordancia entre R&A y USGA en este aspecto.